Argentina actualiza requisitos de ingreso al país

Debido al descenso de casos de coronavirus y al avance en el plan de vacunación, el país ha flexibilizado las medidas sanitarias, que incluye la apertura de todos los pasos fronterizos, la eliminación de las categorías de “corredores seguros” y los requisitos de PCR y vacunación.

Argentina se encuentra transitando una situación epidemiológica favorable debido al descenso en el número de casos de covid-19 y al avance en la estrategia de vacunación, que cuenta con niveles de cobertura del 89,4% en población general con primera dosis, y del 80,5% con esquemas completos.

Debido a este panorama, el Gobierno argentino anunció la flexibilización de algunas medidas sanitarias como el regreso operativo de los pasos fronterizos.

De igual manera, el gobierno anunció que las personas extranjeras no residentes, los argentinos, argentinas o residentes deberán completar, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación. Los visitantes extranjeros deberán tener un seguro de salud COVID-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios.

Quedarán exceptuados de esta medida aquellos extranjeros de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania, que hayan emigrado con motivo del conflicto bélico.

Otras medidas:

  • Aquellas personas, sean residentes o extranjeros, que ingresen al territorio nacional por vía terrestre y por un plazo menor a 24 horas quedarán eximidas de lo solicitado anteriormente.
  • Se recomienda a aquellas personas que no se encuentren vacunadas, o tengan su esquema de vacunación incompleto, la realización de una prueba diagnóstica de COVID-19 dentro de las 24 horas posteriores a su entrada al país.
  • Los operadores de transporte, transportistas y tripulantes deberán también completar la declaración jurada electrónica (DDJJ) dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. En el caso que sean extranjeros no residentes, deberán contar además con un seguro de salud COVID-19.
  • Aquellos tripulantes no vacunados o con esquema de vacunación incompleto deberán acreditar su estado de salud con una prueba de antígenos realizada al menos 48 horas o PCR negativa realizada al menos 72 horas previas al abordaje.
  • Se admite la “Libre Plática” de los buques internacionales emitida de modo remoto y se seguirá actuando conforme a lo establecido ante un brote de COVID-19 a bordo de un crucero internacional.
  • Se determina una apertura programada y escalonada de los puntos de ingreso al territorio nacional no habilitados hasta el presente.
  • Ya no será necesaria la habilitación de los puntos de ingreso al territorio nacional en carácter de “corredor seguro”, como tampoco deberá mediar intervención de la autoridad sanitaria para posteriores habilitaciones.

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